Cobertura de ortodoncia/ortopedia

PLAN PLATA

COBERTURA: Asociados de 8 a 18 años inclusive.

Se cubrirá un tratamiento convencional (Ortopedia u Ortodoncia), por única vez.

La modalidad de cobertura será a elección del asociado:

  • Cobertura en prestadores convenidos: consultas de mantenimiento a cargo del asociado, según la cantidad establecida para el tratamiento indicado por el profesional actuante. El monto de dichas consultas carece de reintegro y será establecido por Medifé.
  • Por reintegro: SEGÚN EL MONTO DETERMINADO POR MEDIFÉ PARA PLAN PLATA.


En todos los casos, la cobertura de este tipo de prácticas será por única vez (Ortodoncia u Ortopedia). La elección de una de ellas por parte del asociado inhabilita la otra modalidad.

Para acceder a la cobertura en PRESTADORES DIRECTOS, deberá solicitar autorización adjuntando:

  • Certificado de alta odontológica: que acreditará boca sana, sin caries, ni enfermedad periodontal.
  • Ficha de Ortodoncia y Ortopedia: donde debe constar el diagnóstico, plan de tratamiento, tiempo estimado de duración del mismo, y firma del asociado al pie de la ficha.

 

Serán a cargo del asociado:

. Brackets estéticos

. Reposición de brackets o bandas

. Reposición de aparatología removible

. Compostura de aparatología

. Readaptación de aparatología

La falta de continuidad a las consultas programadas durante el tratamiento sin causa justificada obligará al profesional actuante a notificar a Medifé dicha irregularidad, al sólo efecto de que ésta disponga las medidas necesarias, cuando la no concurrencia en forma regular sea superior a los sesenta días.

Si el afiliado entra en mora durante el período en que se realiza el tratamiento, deberá abonar al profesional el arancel pactado por MEDIFÉ, SIN DERECHO A REINTEGRO, perdiendo el beneficio de la cobertura, en todas sus modalidades.

El cambio de profesional una vez iniciado un tratamiento es exclusiva potestad de la Auditoría Odontológica de Medifé.

 

Para acceder a la cobertura por REINTEGRO, SEGÚN EL MONTO DETERMINADO POR MEDIFÉ PARA EL PLAN PLATA, deberá presentar la siguiente documentación:

  • Ficha de Ortodoncia y Ortopedia: QUE DEBERÁ REFLEJAR BOCA SANA (sin caries ni enfermedad periodontal)

En ella debe constar el diagnóstico, plan de tratamiento, tiempo estimado de duración del mismo y firma del asociado en todos los casos.

  • Radiografía panorámica, telerradiografía y estudios cefalométricos (serán devueltos al asociado).
  • Recibo o factura del profesional: donde deben constar los datos del paciente y códigos facturados. No se aceptarán recibos por el monto total del tratamiento.

 

Modalidad de Reintegros por Ortopedia y Ortodoncia

En función del tiempo estimado de duración del tratamiento fijado por el profesional tratante, el monto de reintegro establecido por Medifé para el Plan Plata será abonado de la siguiente forma:

  • 50% al iniciar el tratamiento (con la aparatología instalada)
  • 30% al promediar el tratamiento (con recibo del profesional y certificado de mitad de tratamiento)
  • 20% al finalizar el tratamiento (con recibo del profesional y certificado de finalización del mismo)

 

Por medio de la presente, declaro que he leído y comprendo los alcances de cobertura de Ortodoncia que me corresponde según el plan que contraté, acepto conformidad.

 

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PLAN ORO

COBERTURA: asociados de 8 a 18 años inclusive.

Se cubrirá un tratamiento convencional (Ortopedia u Ortodoncia) por única vez.

La modalidad de cobertura será a elección del asociado:

  • Cobertura en prestadores convenidos
  • Por reintegro. SEGÚN EL MONTO DETERMINADO POR MEDIFÉ PARA PLAN ORO.

En todos los casos, la cobertura de este tipo de prácticas será por única vez (Ortodoncia u Ortopedia). La elección de una de ellas por parte del asociado inhabilita la otra modalidad.

Para acceder a la cobertura en PRESTADORES DIRECTOS, deberá solicitar autorización adjuntando:

  • Certificado de alta odontológica: que acreditará boca sana, sin caries, ni enfermedad periodontal.
  • Ficha de Ortodoncia y Ortopedia: donde debe constar el diagnóstico, plan de tratamiento, tiempo estimado de duración del mismo, y firma del asociado al pie de la ficha.

 

Serán a cargo del asociado:

. Brackets estéticos

. Reposición de brackets o bandas

. Reposición de aparatología removible

. Compostura de aparatología

. Readaptación de aparatología

La falta de continuidad a las consultas programadas durante el tratamiento sin causa justificada obligará al profesional actuante a notificar a Medifé dicha irregularidad, al sólo efecto de que ésta disponga las medidas necesarias, cuando la no concurrencia en forma regular sea superior a los sesenta días.

Si el afiliado entra en mora durante el período en que se realiza el tratamiento, deberá abonar al profesional el arancel pactado por Medifé, SIN DERECHO A REINTEGRO, perdiendo el beneficio de la cobertura, en todas sus modalidades.

El cambio de profesional una vez iniciado un tratamiento es exclusiva potestad de la Auditoría Odontológica de Medifé.

 

Para acceder a la cobertura por REINTEGRO, SEGÚN EL MONTO DETERMINADO POR MEDIFÉ PARA PLAN ORO, se deberá presentar la siguiente documentación:

  • Ficha de Ortodoncia y Ortopedia que REFLEJE BOCA SANA (sin caries ni enfermedad periodontal)

En la misma debe constar el diagnóstico, plan de tratamiento y tiempo estimado de duración del mismo. En todos los casos deberá estar firmada por el asociado.

  • Radiografía panorámica, telerradiografía y estudios cefalométricos (serán devueltos al asociado).
  • Recibo o factura del profesional

En la misma deben constar los datos del paciente y códigos facturados. No se aceptarán recibos por el monto total del tratamiento.

 

Modalidad de reintegros Ortopedia y Ortodoncia

En función del tiempo estimado de duración del tratamiento fijado por el profesional tratante, el monto de reintegro establecido por Medifé para Plan Oro será abonado de la siguiente forma:

  • 50% al iniciar el tratamiento (con la aparatología instalada)
  • 30% al promediar el tratamiento (con recibo del profesional y certificado de mitad de tratamiento)
  • 20% al finalizar el tratamiento (con recibo del profesional y certificado de finalización del mismo)

Por medio de la presente, declaro que he leído y comprendo los alcances de cobertura de ortodoncia que me corresponden, según el plan que contraté, acepto conformidad.

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PLAN PLATINUM

COBERTURA: asociados de 8 a 25 años inclusive. SIN CARENCIA.  Asociados a partir de 26 años con un año de permanencia en PLAN PLATINUM. Se cubrirá un tratamiento convencional (Ortopedia u Ortodoncia), por única vez, hasta su finalización y/o alta.

La modalidad de cobertura será a elección del asociado:

  • Cobertura en prestadores convenidos.
  • Por reintegro. SEGÚN EL MONTO DETERMINADO POR MEDIFÉ PARA EL PLAN PLATINUM

En todos los casos, la cobertura de este tipo de prácticas será por única vez (Ortodoncia u Ortopedia). La elección de una de ellas por parte del asociado inhabilita la otra modalidad.

Para acceder a la cobertura en PRESTADORES DIRECTOS, deberá solicitar autorización adjuntando:

  • Certificado de alta odontológica (que acreditará boca sana, sin caries, ni enfermedad periodontal)
  • Ficha de Ortodoncia y Ortopedia: donde debe constar el diagnóstico, plan de tratamiento, tiempo estimado de duración del mismo, y la firma del asociado al pie de la ficha.

 

Serán a cargo del asociado:

. Brackets estéticos

. Reposición de brackets o bandas

. Reposición de aparatología removible

. Compostura de aparatología

. Readaptación de aparatología

La falta de continuidad a las consultas programadas durante el tratamiento sin causa justificada obligará al profesional actuante a notificar a Medifé dicha irregularidad, al sólo efecto de que ésta disponga las medidas necesarias, cuando la no concurrencia en forma regular sea superior a los sesenta días.

Si el afiliado entra en mora durante el período en que se realiza el tratamiento, deberá abonar al profesional el arancel pactado por MEDIFÉ, SIN DERECHO A REINTEGRO, perdiendo el beneficio de la cobertura, en todas sus modalidades.

El cambio de profesional una vez iniciado un tratamiento es exclusiva potestad de la Auditoría Odontológica de Medifé.

 

Para acceder a la cobertura por REINTEGRO, SEGÚN EL MONTO DETERMINADO POR MEDIFÉ PARA EL PLAN PLATINUM, deberá presentar la siguiente documentación:

  • Ficha de Ortodoncia y Ortopedia: DEBE REFLEJAR BOCA SANA (sin caries ni enfermedad periodontal)

En ella debe constar el diagnóstico, plan de tratamiento, tiempo estimado de duración del mismo y estar firmada por el asociado en todos los casos.

  • Radiografía panorámica, telerradiografía y estudios cefalométricos (serán devueltos al asociado).
  • Recibo o factura del profesional: deben constar los datos del paciente y códigos facturados. No se aceptarán recibos por el monto total del tratamiento.

 

Modalidad de Reintegros Ortopedia y Ortodoncia: en función del tiempo estimado de duración del tratamiento fijado por el profesional tratante, el monto de reintegro establecido por Medifé para el Plan Platinum será abonado de la siguiente forma:

  • 50% al iniciar el tratamiento (con la aparatología instalada)
  • 30% al promediar el tratamiento (con recibo del profesional y certificado de mitad de tratamiento)
  • 20% al finalizar el tratamiento (con recibo del profesional y certificado de finalización del mismo).

Por medio de la presente, declaro que he leído y comprendo los alcances de cobertura de Ortodoncia que me corresponden según el plan que contraté, acepto conformidad.